Calculadora de vacaciones acumuladas 2026

Cuántos días te debe tu empresa, cuánto valen en dinero y qué dice la ley sobre acumularlas, pagarlas o perderlas.

$
¿Desde cuándo trabajas ahí?
Tienes acumulados38,5 días= $2.249.427 si te los pagan en dineroEn 2,6 años has causado 38,5 días hábiles (15 por año) y has tomado 0.
Tus días, uno a uno
Pendientes Tomados

¿De dónde sale ese número?

La ley da 15 días hábiles de vacaciones por cada año trabajado. Se van acumulando desde el primer día.
  1. 1
    Días causados38,5 días
    925 días trabajados × 15 ÷ 360. Cada mes te suma 1,25 días hábiles.
  2. 2
    Días ya tomados0 días
    Los que has disfrutado o te han pagado en dinero durante toda la relación laboral.
  3. 3
    Valor de un día$58.364
    Tu salario ÷ 30 = $58.364. Sin auxilio de transporte: las vacaciones se calculan solo sobre el salario.
  4. 4
    Lo que valen tus días pendientes$2.249.427
    $58.364 × 38,5 días.
38,5 días pendientes$2.249.427

Lo que debes saber antes de negociarlas

  • No se pueden acumular para siempreLa regla general permite acumular hasta 2 años de vacaciones (4 en cargos técnicos, de confianza o en el exterior). El empleador debe concederlas máximo un año después de causadas.
  • El empleador decide la fecha, pero avisandoPuede señalar la época de tus vacaciones, con al menos 15 días de aviso. Lo que no puede es no dártelas.
  • PrescribenEl derecho a reclamarlas vence a los 3 años, contados desde que el empleador debía concederlas (un año después de causadas). No las dejes envejecer.
  • Al renunciar no se pierdenTodas las pendientes se pagan en dinero en la liquidación, sin importar el motivo del retiro.
Descansar también es rendimiento: la mitad de tus vacaciones es irrenunciable por ley, precisamente para que la tomes. Antes de pedir que te las paguen, considera usarlas.
¿Y si las próximas vacaciones fueran con un mejor sueldo?Actualiza tu hoja de vida en 15 minutos: formato ATS, gratis y sin registro.Crear mi hoja de vida gratis
Valores 2026 actualizados el 23 de agosto de 2026: salario mínimo $1.750.905 (Decreto 1469 de 2025). Reglas de los artículos 186 a 192 del Código Sustantivo del Trabajo. Estimación orientativa; no es asesoría laboral.

Cómo funcionan las vacaciones en Colombia

Todo trabajador con contrato laboral tiene derecho a 15 días hábiles de descanso remunerado por cada año de servicio. Se causan proporcionalmente desde el primer día — 1,25 días por mes — así que nunca «pierdes» lo trabajado: si te retiras antes del año, la parte causada se paga en dinero en la liquidación.

En dinero, cada día vale el salario mensual dividido 30, sin auxilio de transporte. Estando empleado solo puede compensarse en dinero hasta la mitad de cada periodo, de común acuerdo: la otra mitad es descanso irrenunciable.

Dos límites que conviene conocer: la acumulación máxima es de 2 años (4 en cargos técnicos o de confianza) y el derecho prescribe a los 3 años. Si tu empresa lleva años sin darte vacaciones, reclámalas por escrito antes de que envejezcan.

Preguntas frecuentes sobre las vacaciones

15 días hábiles por cada año trabajado, para todo contrato laboral. Hábiles significa que los sábados (si no trabajas ese día), domingos y festivos no descuentan de tus 15. Se acumulan proporcionalmente: 1,25 días por mes desde tu primer día.

Cada día vale tu salario mensual dividido 30, sin auxilio de transporte. Con el salario mínimo 2026, un día son $58.364 y los 15 días completos $875.453. Se pagan con el salario que tengas al momento de disfrutarlas.

Estando empleado, solo hasta la mitad (7,5 días por año) y de común acuerdo por escrito: la otra mitad es descanso irrenunciable. Al terminar el contrato sí: todas las pendientes se pagan en dinero en la liquidación.

El derecho pleno a los 15 días se completa al año, pero se causan desde el primer día y muchas empresas conceden vacaciones anticipadas proporcionales. Si te retiras antes del año, los días causados se pagan en la liquidación.

El empleador puede señalar la época, avisándote con al menos 15 días de anticipación, aunque lo usual es acordarla. Lo que no puede es negarlas indefinidamente: debe concederlas máximo un año después de causadas.

La regla general permite acumular hasta 2 años (30 días hábiles); hasta 4 años para trabajadores técnicos, especializados, de confianza o que laboran en el exterior. Y ojo: el derecho prescribe a los 3 años, contados desde que debían concederse.

No. Se pagan con el salario ordinario: sin auxilio de transporte y sin el valor del trabajo extra o suplementario. Las comisiones habituales sí entran, promediando el último año.

La incapacidad interrumpe las vacaciones: esos días se reponen. Avisa a tu empresa y guarda la incapacidad médica para reprogramar los días restantes.