Calculadora de salario por hora en Colombia 2026
Cuánto vale tu hora con la jornada de 42 horas, y cuánto te deben pagar por extras, noches, domingos y festivos.
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Extras y recargos: cuánto vale cada tipo de hora
Toca una fila para usarla en el cálculo. Porcentajes vigentes hoy, con la reforma laboral incluida (dominical al 90 %).Cómo se calcula el valor de la hora en 2026
La fórmula es una división: salario mensual ÷ horas del mes. Las horas del mes salen de la jornada máxima legal: horas semanales ÷ 6 días × 30. Con la jornada de 42 horas vigente desde el 15 de julio de 2026, el divisor es 210.
Sobre esa hora ordinaria se aplican los recargos: +25 % la extra diurna, +75 % la extra nocturna, +35 % el trabajo nocturno (de 7 p. m. a 6 a. m.) y +90 % los domingos y festivos. Cuando se combinan —una extra nocturna en domingo— los porcentajes se suman.
Dos cosas que la gente no sabe: la reducción de jornada no puede bajar tu sueldo (tu hora vale más), y los recargos no pagados se pueden reclamar hasta 3 años atrás.
Preguntas frecuentes sobre el salario por hora
Desde el 15 de julio de 2026, con la jornada de 42 horas, la hora ordinaria del salario mínimo vale $8.338 ($1.750.905 ÷ 210 horas al mes). Antes de esa fecha, con jornada de 44 horas, valía $7.959 (÷ 220).
Porque el divisor sigue a la jornada máxima legal: horas semanales ÷ 6 días × 30 días del mes. Con 48 horas eran 240; con 44, 220; y con la jornada de 42 horas vigente desde el 15 de julio de 2026, son 210. Es la metodología del Ministerio del Trabajo (Concepto 16177 de 2023). Como el sueldo no baja con la reducción de jornada, cada hora vale más.
La extra diurna vale la hora ordinaria más 25 %; la extra nocturna, más 75 %. Si además cae en domingo o festivo, se suma el recargo dominical (90 % desde julio de 2026): extra diurna dominical +115 %, extra nocturna dominical +165 %. Las extras requieren autorización del Ministerio y tienen tope de 2 al día y 12 a la semana.
Desde las 7 de la noche hasta las 6 de la mañana, con un recargo del 35 % sobre la hora ordinaria. La reforma laboral (Ley 2466 de 2025) adelantó el inicio de la jornada nocturna de 9 p. m. a 7 p. m. a partir del 25 de diciembre de 2025.
El trabajo en domingo o festivo tiene un recargo del 90 % desde el 1 de julio de 2026 (era 80 % desde julio de 2025, y llegará al 100 % en julio de 2027). Si el domingo es tu día de descanso habitual y lo trabajas, además del recargo tienes derecho a un día compensatorio remunerado.
No. La hora ordinaria, las extras y los recargos se calculan solo sobre el salario. El auxilio de transporte es un pago aparte que no entra en esta cuenta.
No. La Ley 2101 de 2021 dice expresamente que la reducción no puede disminuir el salario ni las prestaciones. Trabajas menos horas por el mismo sueldo mensual: por eso el valor de cada hora sube.
Los recargos son obligatorios e irrenunciables. Guarda tus turnos y colillas de pago, reclama primero por escrito a la empresa y, si no corrige, puedes acudir al Ministerio del Trabajo. Los valores no pagados se pueden reclamar hasta 3 años atrás.