Calculadora de prima de servicios 2026
Cuánto te pagan en junio y en diciembre, con la fórmula explicada y la fecha límite en que deben consignarte.
¿De dónde sale ese número?
La prima son 15 días de salario por cada semestre trabajado. La fórmula: base × días ÷ 360.- 1Tu base$2.000.000Salario ($1.750.905) + auxilio de transporte ($249.095): el auxilio sí cuenta para la prima.
- 2Días trabajados en el semestre180 díasSemestre completo: 180 días (en la cuenta laboral todos los meses tienen 30).
- 3La fórmula$1.000.000$2.000.000 × 180 ÷ 360 = $1.000.000.
Casos que cambian la cuenta
- Te retiras antes de junio o diciembreNo pierdes la prima: te pagan la proporción de los días del semestre dentro de la liquidación. Puedes calcularla en la calculadora de liquidación.
- Salario variable (comisiones, extras)La base es el promedio de lo devengado en el semestre, no el sueldo del último mes.
- Salario integralNo recibe prima: el factor prestacional ya está incluido dentro del salario integral (mínimo 13 mínimos + 30 %).
- Prestación de serviciosNo hay prima: es un contrato civil, sin prestaciones sociales. Si tu relación es realmente laboral (horario, subordinación), podrías reclamar el contrato realidad.
Qué es la prima de servicios y quién la recibe
La prima de servicios son 30 días de salario al año, repartidos en dos pagos: 15 días a más tardar el 30 de junio y 15 días a más tardar el 20 de diciembre. La recibe todo trabajador con contrato laboral — término fijo, indefinido, obra o labor — incluido el servicio doméstico.
La base incluye el salario y el auxilio de transporte, y si tienes ingresos variables (comisiones, horas extra habituales), se usa el promedio del semestre. Quien no lleva el semestre completo recibe la parte proporcional a sus días: la prima nunca se pierde por llevar poco tiempo.
No la reciben quienes tienen salario integral (ya la incluye) ni los contratistas por prestación de servicios (contrato civil, sin prestaciones).
Preguntas frecuentes sobre la prima de servicios
Con semestre completo, $1.000.000: la mitad del salario mínimo ($1.750.905) más la mitad del auxilio de transporte ($249.095), porque el auxilio también cuenta para la prima.
La del primer semestre, a más tardar el 30 de junio. La del segundo, a más tardar el 20 de diciembre. Son fechas límite legales: la empresa puede pagarla antes, nunca después.
Base (salario + auxilio de transporte) × días trabajados en el semestre ÷ 360. Con el semestre completo (180 días) el resultado es medio salario. Si entraste después del inicio del semestre, es proporcional a los días.
Sí. La prima es proporcional desde el primer día trabajado: no existe un mínimo de tiempo. Quien entró el 15 de agosto recibe en diciembre la parte que corresponde a sus días.
Sí, desde la Ley 1788 de 2016: la misma fórmula que cualquier trabajador, incluyendo a quienes trabajan por días (proporcional al tiempo laborado).
No. El salario integral (mínimo 13 salarios mínimos más un factor prestacional del 30 %) ya incluye dentro de sí las prestaciones, entre ellas la prima.
La prima solo es embargable por pensiones alimenticias o cooperativas, hasta la mitad. Descuentos distintos requieren tu autorización escrita. Si te descuentan sin explicación, pide el detalle por escrito.
No la pierdes: en la liquidación te pagan la proporción de los días trabajados del semestre en curso. Está incluida en nuestra calculadora de liquidación laboral.